Revisoría Fiscal · Bogotá · Diagnóstico gratuito

Revisoría Fiscal que protege a tu junta y previene sanciones.

Vigilancia continua del cumplimiento, alertas tempranas y un equipo que responde cuando tu junta necesita certezas — no excusas.

Respuesta en menos de 24 horas+200 empresas atendidasEquipo con 10+ años de experiencia
JM

Dejamos de preocuparnos por la DIAN y nos enfocamos en hacer crecer la operación.

CFO · Empresa logística (Bogotá)

10+Años de experiencia
+200Empresas atendidas
11Industrias
98%Clientes satisfechos

¿Te suena familiar?

¿Tu junta está enterándose de los riesgos por terceros, no por su revisor fiscal?

Sanciones sin alerta previa

DIAN, Supersociedades o UGPP llegando con requerimientos que nadie en la firma vio venir.

📄

Revisor fiscal que solo firma

Una firma que rubrica informes pero no aporta criterio, hallazgos ni alertas para la junta.

🔎

Junta sin visibilidad real

Estados financieros que no reflejan riesgos y decisiones tomadas sobre información sin validar.

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Nuestra solución

Una Revisoría Fiscal que vigila, previene y reporta a tiempo.

En Estratégica la Revisoría Fiscal no es trámite: es un órgano de control activo. Evaluamos cumplimiento, validamos la razonabilidad de la información financiera y reportamos a la junta antes de que un riesgo se vuelva sanción.

Qué incluye el servicio

Revisión periódica de estados financieros
Vigilancia tributaria, laboral y societaria
Auditorías dinámicas con metodología IA
Evaluación del sistema de control interno
Informes para junta directiva y socios
Alertas preventivas de desviaciones

Cómo trabajamos

Así trabajamos contigo

01

Diagnosticamos

Entendemos estructura, sector y riesgos específicos.

02

Vigilamos

Revisión periódica de cumplimiento e información.

03

Reportamos

Hallazgos claros para gerencia y junta directiva.

04

Acompañamos

Recomendaciones accionables y seguimiento real.

Lo que ganas

Lo que gana tu empresa con una Revisoría Fiscal bien hecha

01

Tranquilidad regulatoria

Reduce el riesgo de sanciones DIAN, Supersociedades y UGPP con vigilancia activa.

02

Confianza de la junta

Reportes continuos, criterio técnico, sin sorpresas en cierres de año.

03

Decisiones con respaldo

Información financiera validada, oportuna y comprensible para decidir.

Por qué Estratégica

A

Enfoque preventivo

Identificamos riesgos antes de que escalen, no después del requerimiento.

B

Continuidad real

Vigilancia mensual y comunicación constante, no solo informe anual.

C

Comunicación clara

Traducimos lo técnico en decisiones que la junta entiende y aprueba.

Último paso

Tu junta merece tranquilidad. No sorpresas.

Agenda un diagnóstico gratuito sobre la salud de tu cumplimiento. En menos de 24 horas hábiles te entregamos un panorama claro.

Sin costo

Diagnóstico inicial 100% gratuito y sin compromiso.

Confidencial

Información protegida bajo acuerdo de confidencialidad.

Rápido

Respuesta en menos de 24 horas hábiles.

Aliados

Conoce al equipo que te acompañará desde el día uno.

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Preguntas frecuentes

Resolvemos antes de que tengas que preguntar.

¿Mi empresa está obligada a tener revisor fiscal?
Las sociedades por acciones, las sucursales de compañías extranjeras y las sociedades cuyos activos brutos al 31 de diciembre del año anterior sean iguales o superiores a 5.000 SMMLV, o cuyos ingresos brutos durante el año anterior sean iguales o superiores a 3.000 SMMLV, están obligadas (Ley 43 de 1990, art. 13). En el diagnóstico te confirmamos tu caso puntual.
¿Pueden ser nuestros revisores fiscales ante DIAN y Supersociedades?
Sí. Estamos registrados ante la Junta Central de Contadores y tenemos cobertura para actuar como revisor fiscal ante todas las entidades de control en Colombia.
¿Cómo y cada cuánto reportan a la junta?
Hacemos cierres mensuales con hallazgos priorizados y reporte ejecutivo trimestral a la junta directiva. Si ocurre un hallazgo material entre cierres, lo escalamos de inmediato.
¿Qué pasa con la documentación y los hallazgos de años anteriores?
Si vienes de otra firma, hacemos un cierre de transición y dejamos documentado el estado de cumplimiento heredado para que tu junta tenga claridad sobre el punto de partida.
¿En cuánto tiempo arrancamos?
Si el diagnóstico es positivo, podemos formalizar el encargo en una semana y empezar vigilancia activa al mes siguiente del nombramiento estatutario.

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